VOLVER A LA PAGINA  PRINCIPAL
Salvador Allende

ww.libertad.ya.st  

"La actual situación de los presos políticos chilenos".

Entrevista al abogado Alberto Espinoza

Arnaldo Pérez Guerra (*)

aperezguerra@yahoo.es

La llegada del ex mirista Jaime Yovanovic Prieto ha puesto en el tapete nuevamente la situación de los prisioneros políticos chilenos, en el marco de los 30 años del Golpe Militar. Yovanovic procesado por el atentado al general Carol Urzúa en agosto de 1983, aún no ve resuelta su situación. Debió vivir en un forzado exilio por 20 años, luego de asilarse en la Nunciatura Apostólica, arriesgando una extradición para ser juzgado por la Justicia Militar.

Las Fiscalías Militares chilenas siguen siendo "juez y parte" en decenas de procesos judiciales seguidos a quienes lucharon en contra de la dictadura del general Augusto Pinochet Ugarte, y casos de violaciones a los derechos humanos en donde se transformado en las principales impulsoras de la impunidad, cerrando las investigaciones o, lisa y llanamente, aplicando la Ley de Amnistía de 1978 aprobada por el propio general Pinochet.

Yovanovic volvió a Chile por su propia voluntad, luego de sortear pedidos de "extradición" solicitados por el gobierno chileno y las Fiscalías Militares. Hoy se encuentra detenido en el Módulo "H-Sur" de la Cárcel de Alta Seguridad, junto al grueso de los prisioneros políticos, a la espera de la aprobación de la "Ley de Indulto" -patrocinada por los senadores José Antonio Viera-Gallo (PS), Fernando Flores (PPD), Gabriel Valdés (DC) y Mariano Ruiz Esquide (DC), con el apoyo de los senadores de la ultraderechista UDI, Carlos Bombal y Hernán Larraín- que se tramita en el parlamento chileno, y que no lo beneficia.

 

"Jaime Yovanovic Prieto -señala el abogado Alberto Espinoza- tomó la decisión de volver al país después de ser rechazada la solicitud de extradición desde Sudáfrica. Esto es una decisión de carácter personal, que él la adopta, básicamente, desde un puesto de vista humanitario porque no soportaba en definitiva vivir durante más de 20 años prácticamente en calidad de prófugo, con una ‘alerta roja’ de carácter internacional sobre su persona.

Lo que motivó finalmente que adoptara esta decisión es una cuestión personal. Yovanovic no lo estaba pasando bien en Sudáfrica. Tenía bastantes problemas de tipo laboral y dolencias físicos. El está enfermo, sufre problemas linfáticos y una creciente sordera. Asegura que es inocente de lo que se le imputa, el atentado que costó la vida del general Carol Urzúa en 1983. Está dispuesto a enfrentar la justicia chilena. Ha sostenido, en forma reiterada, desde siempre, que no tiene ninguna participación en la muerte de Urzúa y sus escoltas. Está dispuesto a enfrentar los tribunales y poder resolver, definitivamente, su situación desde el punto de vista procesal en forma favorable.

En este caso, ha que tener en consideración, además, que todas las personas se presumen ‘inocentes’, de modo que no le corresponde a él ni probar ni acreditar inocencia, sino que le corresponde al tribunal que instruye la causa acreditar, con grado de convicción, que tuvo participación en calidad de ‘autor, cómplice o encubridor’.

Todos sabemos que los antecedentes que puedan estar acumulados en el proceso instruido por la Justicia Militar fueron recogidos en un período en que la institucionalidad judicial estaba ‘muy deteriorada’, por decir lo menos, particularmente la Justicia Militar. Esta causa fue instruida, inicialmente, por un Fiscal Militar Ad-hoc. Previamente hubo incluso la intención de instruir un ‘Consejo de Guerra’ en contra de las personas detenidas y que fueron torturadas por pertenecer al MIR, inculpadas en este hecho. Se trata de un proceso ‘viciado’ que no reúne las condiciones procesales como para formular cargos en contra de una persona que ha sostenido su inocencia, y que le fue negada la extradición, solicitada por las Fiscalías Militares chilenas, por países como Brasil, Italia y Sudáfrica".

-¿Cuáles fueron los motivos por los que Sudáfrica negó la extradición de Yovanovic Prieto?

-La Fiscalía Militar chilena solicitó la extradición a través de la Corte Suprema, y fue rechazada por el gobierno sudafricano precisamente teniendo en consideración que las condiciones procesales que debía enfrentar en nuestro país no son las que le garantizan un ‘proceso justo’, básicamente por el hecho de que el proceso está radicado en la Justicia Militar, y que su ‘derecho a defensa’, en esas condiciones, está notablemente lesionado. En ese sentido, resulta un poco paradojal la actitud él asumió de volver a Chile porque siempre se peleó desde el punto de vista procesal para que no se diera lugar a las extradiciones. Tienen que haber pesado consideraciones profundamente humanas para que finalmente resolviera de forma voluntaria enfrentar los tribunales. Tenemos sí el convencimiento que este proceso va a pasar de la Justicia Militar a la civil. Tendrá que ser asumido por un tribunal de derecho, independiente e imparcial, y tenemos la esperanza que en este ámbito jurisdiccional hay grandes opciones para liberarlo de toda responsabilidad.

-¿En qué calidad se encuentra Yovanovic?

-Está en prisión preventiva en la Cárcel de Alta Seguridad (CAS). Le fue ratificado el auto de procesamiento el día 20 de agosto. Apelamos del auto de procesamiento y esta debe ser conocida por la Corte Marcial en el curso de la próxima semana. Esperamos cambiar de escenario judicial a lo menos, si es que la Corte no resuelve otra cosa como revocar en el fondo el auto de procesamiento.

-¿Está procesado como autor de la muerte de Carol Urzúa?

-Sí, del delito de ‘homicidio terrorista’. Estamos apelando de esa resolución pues creemos que hay antecedentes suficientes que lo exculpan.

-¿En qué fiscalía se encuentra el proceso?

- En la Primera Fiscalía Militar, a cargo del fiscal Luis Araya. Estamos confiados en tener argumentos suficientes para revocar este auto de procesamiento o, a lo menos, modificarlo. Modificar, por ejemplo, la situación procesal desde el punto de vista de la competencia del tribunal.

-Este es un proceso que proviene de la dictadura militar (1983), por lo tanto Yovanovic es un preso político de la dictadura encarcelado por la "democracia"...

-Efectivamente. Se trata de un proceso que se instruye por un hecho ocurrido en plena dictadura. Es una situación, también, que en alguna oportunidad tendrá que ser tomada en consideración en el evento improbable desde nuestro punto de vista que la situación sea más delicada procesalmente para Yovanovic. El que Yovanovic sea un preso político de la dictadura constituye un antecedente no menor que va a ser importante desde nuestra argumentación como defensa.  

 

"Una decena de personas que pertenecieron al MIR fueron asesinadas"

 

-En los medios de comunicación oficialistas y de derecha (La Nación, La Tercera y El Mercurio, por nombrar algunos) se ha destacado el tema de la "prescripción", que -dicen- se podría "solicitar" en este caso. La idea de los medios de comunicación es igualar el "caso Yovanovic" con los de violadores a los derechos humanos procesados por delitos "inamnistiables" e "imprescriptibles"...

-Sí, es un tema al que se le ha dado bastante publicidad. La verdad es que la ‘prescripción’ no constituye el nervio de nuestra defensa. Básicamente, entendemos que no hay prescripción en términos absolutos. Nuestra defensa no está fundada en ese aspecto procesal sino en su inocencia y en demostrar que no tiene porqué la Fiscalía Militar juzgar a un civil en este país. Ese es el núcleo de nuestra defensa.

-¿Solicitarán el traspaso del caso a los tribunales ordinarios?

-Lo pediremos y, en el marco de un debido proceso, con un tribunal independiente, imparcial, y donde se garantice absolutamente el derecho a defensa, revertiremos su procesamiento y, finalmente, lo liberaremos de responsabilidad. Esperamos que sea en el menor tiempo posible.

-Las otras militantes del MIR, los prisioneros políticos Hugo Marchant, Carlos Araneda y Jorge Palma Donoso, que fueron procesados y condenados por el atentado al general Carol Urzúa, fueron indultadas por el Presidente Patricio Aylwin, siendo extrañados a Finlandia y Bélgica...

-Efectivamente. Es un tema bastante delicado porque creo se está pasando una cuenta exagerada. En esta causa hubo personas procesadas, personas condenadas que permanecieron privadas de libertad por más de ocho años. Es el caso de Hugo Marchant, Carlos Araneda y Jorge Palma. Incluso hubo una petición de ‘pena de muerte’, de modo que existen personas a las cuales se les atribuyó responsabilidad y que fueron condenadas por la Justicia Militar, permaneciendo encarceladas por largo tiempo. Finalmente, en su condición de presos políticos de la dictadura militar obtuvieron el beneficio del ‘indulto presidencial’ con una conmutación de pena de presidio por ‘extrañamiento’, de modo que se trata de personas que permanecen condenadas. No están liberadas de la pena que les impuso la dictadura militar.

-Se les aplicó, además, una de las penas más altas de "extrañamiento", lo que aún les impide volver a Chile...

"No tengo claro la cantidad de años pero creo que se les impuso penas de extrañamiento de 20 años o superiores. Es uno de los extrañamientos más graves que se aplicaron. Lo otro es que la dictadura ‘pasó la cuenta’. Como decía, hay condenados en esta causa que fueron detenidos, torturados, presos y extrañados, es decir que siguen condenados por la dictadura. No estamos hablando de un caso que haya quedado en la ‘impunidad’. En este minuto esas personas sufren la pena de extrañamiento. Además, hubo una ‘pasada de cuenta’ extrajudicial, criminal. Hubo una decena de personas que pertenecieron al MIR que fueron asesinadas por agentes de la CNI justamente como represalia a la muerte del general Urzúa. Allí tenemos los asesinatos de los casos Fuenteovejuna y Janequeo. Pero otro luego: José Aguilera Suazo, muerto en 1994 en un enfrentamiento con Carabineros. Él era una de las personas que se asiló en la Nunciatura Apostólica en 1983, y fue asesinado en 1994 en la comuna de La Pintana, al sur de Santiago. Aguilera Suazo había ingresado ilegalmente a nuestro país. Aquí hay una cuestión particularmente significativa. Se les ‘pasó la cuenta’ brutalmente a estas personas. Yovanovic sostiene su inocencia. Los miembros del MIR que eventualmente pudieron tener responsabilidades en el atentado a Carol Urzúa, o bien pagaron judicialmente por este hecho o bien fueron asesinados. Es una pasada de cuenta excesiva, además, pretender ahora formular acusaciones en contra de Jaime Yovanovic. Ya apelamos a la decisión del tribunal. Aquí nos vamos a jugar las primeras cartas. Aun estamos en una etapa preliminar. Yovanovic acaba de llegar. Creo que nuestro primer golpe será cambiar la competencia del tribunal. Estamos confiados en que tenemos la razón.

 

Casos no resueltos

 

-Yovanovic es solo uno de muchos que padecen una situación similar y que permanecen fuera de Chile. A algunos se les ha pedido la extradición y los países la han negado, por procesos que provienen de la dictadura militar e incluso por casos ocurridos en "democracia". Uno de estos ex presos políticos es Claudio Molina que permanece refugiado en Argentina, o Patricio Ortiz Montenegro, fugado en diciembre de 1996, y que se encuentra en Suiza. Esos países negaron  las extradiciones porque las Fiscalías Militares chilenas no dan ninguna garantía de un juicio justo, pero hay cientos de personas que siguen procesadas por hechos ocurridos en la dictadura militar y que enfrentan una situación judicial que aun no pueden solucionar.

-Efectivamente hay cientos de personas en esa situación. Es muy cierto. Personas que quedaron procesadas desde la época de la dictadura militar, que nunca fueron detenidas, que están fuera del país o semiclandestinos, viviendo una condición de ‘prófugos’ más que clandestinidad, cuidándose de no ser detenidos. La verdad es que en ese sentido no ha habido políticas gubernamentales orientadas a resolver su problema. El caso de Jaime Yovanovic pone en evidencia una situación muy dramática de personas que frente a condiciones de vida insoportables, difíciles, resuelven, finalmente, asumir todos los riesgos que significa presentarse ante la Justicia Militar, después de haber estado justamente luchando por décadas para que no se acogiera su extradición.

-¿Si la justicia militar mantiene el proceso y, finalmente, Yovanovic es condenado a una pena de 15 ó 20 años?

-Como abogado debemos ponernos en todos los escenarios y ése no lo podemos descartar. Creemos que es el escenario más improbable. Si la causa es tramitada de forma rigurosa, dentro de un marco de un proceso legal, Yovanovic no debiera ser condenado. En el evento improbable que sí lo sea, existen algunas fórmulas que le permitirían sortear esta situación de encarcelamiento a través de un ‘indulto presidencial’. Hay que considerar que las personas que fueron condenadas por este hecho -Hugo Marchant, Carlos Araneda y Jorge Palma- fueron indultadas por el Presidente de la República, Patricio Aylwin. Yovanovic está en la misma situación que ellos. Incluso en el escenario más negativo, entendemos que habría mecanismos de solución que podrían pasar por su libertad o ‘extrañamiento’. El ‘extrañamiento’ se adoptó en una época, también, bastante alejada, de modo que podría haber un indulto de otra naturaleza, simplemente conmutarle la pena por una suerte de ‘control penitenciario’ en libertad, por ejemplo".

-La posibilidad del indulto presidencial para casos de la dictadura, como usted señala, no fue aplicado a prisioneros políticos como Sergio Olivares Vásquez, condenado por una causa de 1989, y que recién el 2003 logró su libertad, o Rodrigo Morales Salas, condenado por el secuestro del coronel de Ejercito Carlos Carreño (1987) y que aún debe concurrir a la "reclusión nocturna", o Abraham Larrea Zamorano que permanece encarcelado desde 1990, sin que le sean indultados los procesos de la dictadura por los que fue condenado.

-Sí, son ejemplos de casos no resueltos…

 

¿"Ley de indulto" resuelve la prisión política?

 

-En estos momentos se está tramitando la "Ley de indulto" que beneficiará a los prisioneros políticos. ¿Qué ocurre con estos casos como el de Yovanovic y otros, que viene de la dictadura militar, no los incluye la ley?

-No. La ley que se tramita no los incluye porque se refiere solamente a los prisioneros políticos post dictadura militar que lleven encarcelados 10 años o más.

-De aprobarse la ley y liberar a los prisioneros políticos post 11 de marzo de 1990, dejaría fuera a los presos anteriores y a las personas que tiene procesamientos y que podrían ser extraditadas por hechos ocurridos en dictadura que están refugiados o clandestinos en otros países...

-Efectivamente. La ley simplemente está acotada en el tiempo a aquellas personas que cometieron delitos entre el 1° de enero de 1989 y el 1° de enero de 1998. No hay más. Los beneficiarios de la ley son estas personas...

-¿La ley que se aprobará no resuelve la situación de los prisioneros políticos con penas de "extrañamiento"?

"No. La intención de los legisladores no fue resolver eso, sino el problema de los prisioneros políticos de la ‘democracia’. No puede abordar el problema de los presos políticos de la dictadura porque eso fue resuelto por las ‘Leyes Cumplido’, aún cuando parcialmente porque aun hay personas condenadas con ‘prohibición’ de entrar al país, y otras aun procesadas por hechos de la dictadura. No se ha pensado una ley tendiente a resolver esa situación. Puede ser que más adelante exista voluntad política y legislativa para dictar una ley a favor de aquellas personas que fueron plenamente beneficiadas con las ‘Leyes Cumplido’.

-¿En qué trámite está la ley que beneficiaría a los presos políticos?

-Se aprobó la idea de legislar. En este minuto, la ley debiera ser llevada a discusión en la sala del Senado. Ahí tendrá que resolverse si se da luz verde a la ley, si se aprueba o no. Tiene que haber discusión, luego votación. Los senadores podrán hacer ‘indicaciones’, ‘modificaciones’. etcétera... Por ahora, está establecida la ley como un ‘indulto’ otorgado por ley a las personas que hayan cumplido 10 años de cárcel, y a los que estuvieren condenados a penas superiores se les reduce la pena a 10 años. La mayoría de los presos lleva más de 10 años o está muy cerca de esa cifra.

-¿Qué pasa con los presos políticos posteriores al 11 de marzo de 1990 que no son beneficiados por la ley?

-Simplemente no serán beneficiados por ésta. Ahí se tendrá que buscar otros mecanismos de solución. La ley no logra resolver íntegramente el problema de los prisioneros políticos, eso está muy claro. Habrá que buscar otros mecanismos como los ‘beneficios intrapenitenciarios’. Creemos que hay una buena disposición, en este minuto, de parte del gobierno en orden a buscar una salida. Para los demás, está la herramienta del ‘indulto presidencial’, el mecanismo de los ‘beneficios’: ‘salida diaria’, ‘salida dominical’, ‘libertad condicional’. A partir de la Propuesta de Derechos Humanos, el gobierno se manifiesta favorable a la aprobación del ‘indulto’ a los presos políticos. Entiendo que se está asumiendo una voluntad en orden a ‘intervenir’, de alguna forma, en aquellos casos en que la ley no sea suficiente para resolver. Tengo esperanza en que la situación de los presos políticos se va resolver en el corto plazo, quizás de aquí a diciembre. Estoy optimista. Creo que se va a aprobar la ley. Hay un consenso bastante amplio. Se ha conversado con distintas fuerzas políticas. Me ha tocado a mi, particularmente, y a monseñor Alfonso Baeza trabajar este tema y hemos escuchado y conversado con distintos personeros políticos, senadores, todas las fuerzas políticas representadas en el Senado, y en la derecha, con Renovación Nacional y la UDI, junto con la Concertación. Todos se han manifestado ‘disponibles’ para aprobar esta ley. La ley está patrocinada por José Antonio Viera-Gallo, Fernando Flores, Gabriel Valdés, Mariano Ruiz-Esquide, y también cuenta con el ‘aval’ de la UDI que ha compartido las discusiones en la Comisión de Derechos Humanos. Está en las actas, donde se ha expresado claramente la voluntad de ‘darle curso a la ley’. Soy optimista y creo que se va a aprobar. No tengo por qué dudar que la UDI no vaya a dar su votación ‘favorable’. Lo ha dicho así Hernán Larraín y Carlos Bombal. Lo dice la propia propuesta de la UDI, además, y tendrán que hacerse cargo de lo que ellos dicen ahí...

-La propuesta de derechos humanos de la UDI "vincula" la solución a la situación de los presos políticos con una "solución global" en el ámbito de los derechos humanos...  También incluye el caso de Mauricio Hernández Norambuena, que debería ser "extraditado" para "acogerse" a la ley, sin embargo, Hernández Norambuena aún no cumple con los 10 años de prisión que se establece como requisito...

-Sí, la UDI vincula el tema con una solución global. En el caso de Mauricio Hernández, cuando cumpla los 10 años podrá acogerse.

-¿Tendría que ser extraditado, mantenerse preso y cumplir los 10 años?

-Sí, aunque se debiera incluir el tiempo que ha estado privado de libertad en Brasil. Entiendo que debiera incluirse. El criterio en las leyes penales es que deben ser ‘favorables’ al inculpado. Efectivamente, si le corresponde hacer 2 ó 3 años más tendrá que ser extraditado y cumplir ese tiempo de cárcel, mientras tanto quizá podría acceder a los ‘beneficios carcelarios’. En ese sentido, Mauricio Hernández no tiene ningún problema. Lo he conversado con él y está dispuesto a enfrentar 2 ó 3 años más, o lo que le corresponda. Eso no excluye que antes de acogerse a los beneficios de esta ley pueda obtener la libertad por otros mecanismos como beneficios carcelarios, libertad dominical, reclusión nocturna...

 

Libertades e interpretaciones

 

 

-Usted presentó un recurso en favor del prisionero político Rodolfo Retamales Leiva que fue acogido por la Corte Suprema.

-Presentamos un recurso de amparo en favor de Rodolfo Retamales Leiva y contra Gendarmería, alrededor de un mes atrás. Fue acogido. En primera instancia, fue rechazado por la Corte de Apelaciones. La Corte Suprema revocó el fallo, resolviendo, en definitiva, que Retamales Leiva cumplía con todos los ‘requisitos legales’ para ‘optar al beneficio de la libertad condicional’, situación que Gendarmería no había reconocido porque hacía una interpretación ‘equivocada’ de la ley en el sentido que por el hecho de estar condenado por delitos ‘terroristas’ tenía que optar a la libertad condicional una vez cumplido dos tercios de la pena. Rodolfo Retamales está procesado por ‘homicidio terrorista’. De acuerdo al fallo de la Suprema, él ya está en condiciones de optar a la ‘libertad condicional’ por haber cumplido más de 10 años privado de libertad.

-¿El fallo beneficia a otros prisioneros políticos, por ejemplo, Pablo Morales Fuhrimann, Hardy Peña Trujillo y Marcelo Villarroel Sepúlveda?

-De acuerdo a los antecedentes estadísticos que tengo, podrían ser beneficiados por el fallo Pablo Morales y Marcelo Villarroel, que están en la misma situación procesal, de los demás no lo sé. Es un avance importante que permite observar la libertad en un horizonte más cercano. Es un buen fallo. Las postulaciones a la ‘libertad condicional’ son dos veces al año, en abril y octubre, al efecto Gendarmería elabora varios listados: Nº 1, 2, 3 y 4 en el mes de marzo y septiembre. La ‘libertad condicional’ es examinada por una ‘Comisión Especial’ compuesta por jueces del Crimen, el Presidente de la Corte de Apelaciones, el Fiscal de la Corte de Apelaciones, etcétera. Ellos resuelven conforme al mérito de los antecedentes de cada uno de los postulantes. Esperamos que resuelvan favorablemente pues ha habido mensajes públicos, políticos, respecto a mirar la situación de los prisioneros políticos de una manera distinta, más benévola. Espero que la próxima comisión de ‘libertad condicional’, que se reúne en octubre, resuelva favorablemente la situación de varios presos políticos. También tengo un grado de optimismo.

-¿No existe una contradicción en lo que usted señala por la situación de Manuel Martínez Garcés quien según Gendarmería obtendría los beneficios a principios de junio. Lo que hasta hoy lo impide es una "interpretación" equivocada que hace Gendarmería?

-No existe contradicción. La ‘libertad condicional’ no la otorga Gendarmería, sino que la resuelve una ‘Comisión Especial’. Si bien es cierto, la Corte Suprema ha resuelto acoger el recurso de amparo por Rodolfo Retamales, simplemente se ha limitado a señalar él está en condiciones de ‘optar’ al beneficio, pero el beneficio mismo lo otorga esa Comisión y, efectivamente, puede no dar lugar a la libertad, y otorgarla a la segunda, tercera, cuarta postulación, etcétera. Manuel Martínez podría obtener la ‘libertad condicional’ en octubre pero puede que tampoco se la den.

 

Mauricio Hernández Norambuena

 

-¿Cuál es la situación procesal de Mauricio Hernández Norambuena?

-En estos momentos está siendo juzgado. Se está viendo la causa por el secuestro de Olivetto, las apelaciones. Estamos a la expectativa. El abogado en Brasil tiene que alegar y esperar qué se resuelve. Hay dos situaciones respecto de Hernández. Una es la extradición que está pendiente en la Corte Suprema de Brasil y otra es el procesamiento por el secuestro. Son causas paralelas. Se va a resolver, al parecer, en forma anticipada el secuestro de Olivetto y con posterioridad la extradición. Esperamos que la extradición sea acogida y que Mauricio Hernández pueda volver a Chile a cumplir el resto de la pena y acogerse a los beneficios que se establezcan en favor de los prisioneros políticos. El está en esa condición como uno de los ‘comandantes’ del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR). Nuestra apuesta como abogado defensor es esa: esperamos que la extradición prevalezca respecto de la condena que le puede ser aplicada por caso Olivetto.

-¿Y la situación carcelaria en la que se encuentra? Usted escribió una carta a la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) denunciando el régimen penitenciario que se le impuso, que viola sus derechos humanos...

"La situación carcelaria que enfrenta es muy mala, pésima. Vive una condición de aislamiento, prácticamente de incomunicación. No puede acceder a diarios ni revistas, ni otros medios de comunicación. Es una situación inhumana. No tiene derecho a visitas en la práctica, excepto de familiares directos y ellos viven en Chile, así que no resulta fácil poder visitarlo. Además, tiene serias restricciones carcelarias que le limitan completamente el derecho a la información, a visitas con otras personas, a salir al patio. No puede conversar con nadie. Es un trato inhumano, cruel y degradante.

-¿Esas medidas fueron solicitadas por el gobierno o por algún funcionario del gobierno chileno?

-No tenemos constancia de que haya sido así, pero algunos antecedentes nos permiten presumir que efectivamente el gobierno chileno instruyó al gobierno brasileño para que adoptara medidas de extrema seguridad a fin de ‘evitar su fuga’ o cualquier situación que ‘pudiera constituir una amenaza para su vida’. A raíz de eso, Brasil se ha permitido, se ha sentido legitimado para mantenerlo bajo este régimen carcelario que llama ‘Disciplinario Diferencial’. Tenemos alguna presunción que el gobierno pudo haber emitido algún mensaje a las autoridades brasileñas para que se adoptaran medidas de ‘máxima seguridad’. No tenemos ningún documento concreto, pero por las conversaciones sostenidas con autoridades brasileñas creemos que hay algo de eso.

-¿Qué se puede hacer en este caso, solicitar que las restricciones carcelarias y el régimen impuesto sean levantados?

-Lo hemos pedido al ministerio de Relaciones Exteriores. Nos hemos reunido en la Embajada de Brasil con el representante diplomático. Lo hemos solicitado a través del abogado brasileño en Sao Paulo, pero hasta el minuto nuestras peticiones no han sido acogidas y se mantiene el sistema carcelario bajo un régimen duro, brutal e inhumano.

 

 

No todos entran en la ley

 

 

-Usted solicitó el "indulto presidencial" para la prisionera política Elisabeth Núñez Duarte. ¿Cuál es su situación?

-Estamos en ese trámite. Ella es una de las personas que siendo prisionera política no podría acogerse a la ley que se tramita. Es una ley que todavía no es aprobada. En el caso que se apruebe como está Elisabeth no podría acogerse. Resulta difícil incorporar a algunos porque se particularizó el universo para que los beneficios no sean extensivos a otras personas. La intención del legislador fue la de beneficiar a los prisioneros políticos de la Cárcel de Alta Seguridad y de otros penales. Hubo que buscar una fórmula que pudiera especificar a qué personas está dirigida la ley. Lamentablemente, por cuestiones procesales penales, Elisabeth Núñez no quedaría entre quienes pueden acogerse. Por eso, estamos apelando al ‘indulto presidencial’. También esperamos confiados en que pueda haber una resolución favorable.

Ella está condenada a 10 años y un día, por ‘robo con homicidio’. Lleva detenida, en total, unos 4 años, en distintos períodos. Ojalá el Presidente de la República escuche su petición.

-¿Qué otros presos políticos no entrarán en la ley?

"No sé quienes son... Esteban Burgos puede ser, a pesar que podría acogerse porque agregué una indicación a la ley tratando de incorporar a las personas condenadas por Ley de Seguridad Interior del Estado. Puede que tengan cabida Esteban Burgos y otros prisioneros políticos. Hay que discutirlo. Es difícil ‘hacer leyes’ en realidad, de modo de focalizar sus ‘efectos’ al grupo que está dirigida y no extender sus beneficios a personas respecto de las cuales el legislador no tiene ninguna intención de favorecer. Se particularizó en función de determinados delitos y hay prisioneros políticos que están condenados por delitos que no están considerados en la ley. Eso es lo que provoca que queden algunas personas excluidas, pero son las menos. Respecto de ellas habrá que pensar en otras posibilidades de libertad como ‘indultos particulares’ y ‘beneficios intrapenitenciarios’, por ejemplo".

 

(*) Ex preso político, Licenciado en Historia por la Universidad de Chile. Redactor de los medios chilenos Punto Final y El Siglo. Colaborador de La Insignia (España) y Prensa Latina. Editor de Prisioneros Políticos-Chile, www.libertad.ya.st