" Embotelladora Andina S.A., que está a cargo de la venta y
distribución de la Coca Cola en Chile, con el fin de abaratar los costos
de su mano de obra para competir en mejores condiciones con las nuevas empresas
que están surgiendo en el rubro, decidió crear una nueva razón
social y así recontratar a sus trabajadores en peores condiciones laborales.
La embotelladora decidió crear una razón social para sus servicios
de transporte, la que denominaron Transportes Andina Refrescos (TAR). Con esta
medida, los trabajadores fueron recontratados en esta "nueva" empresa, rebajando
sus sueldos y quitando privilegios que tuvieron durante años. Hace pocos
días fueron despedidos 9 trabajadores de la TAR, invocando el artículo
161 "por razones de la empresa", siendo prontamente reemplazados por contratistas.
Según los dirigentes del Sindicato Nª2 de la embotelladora, la división
de la empresa es un subterfugio. Al respecto, el Código del Trabajo en
su artículo 478 señala que "la simulación de contratación
de trabajadores a través de terceros se sancionará con una multa
de entra 5 y 100 UTM". Continúa señalando: "queda comprendido dentro
de este concepto de subterfugio cualquier alteración de razones sociales
distintas, creación de identidades legales, la división de la empresa
u otras que signifiquen disminución o pérdida de derechos laborales
para los trabajadores". Esta tesis ya fue respaldada por la Inspección
del Trabajo, que multó a la empresa, pero esta apeló y hoy la causa
se encuentra en tribunales durmiendo el sueño de los justos.
Pero el caso es que de un día para otro, utilizando la misma infraestructura,
cumpliendo las mismas funciones y estando bajo las órdenes del mismo jefe,
a un trabajador le dicen que ahora pertenece a otra empresa, por lo que se desconocen
los contratos colectivos firmados con anterioridad y de ahí en adelante
las condiciones son distintas, con baja en los salarios y pérdida de beneficios.
Esto, a pesar que en artículo 6º del contrato individual que se hizo firmar
a los trabajadores recontratados en la supuesta empresa TAR, se señala
que "Las partes dejan expreso testimonio que el cambio de empleador estipulado
en este instrumento, no altera ni modifica los derechos y obligaciones recíprocas
del trabajador y el empleador".
A poco de ser traspasados, se iniciaron los despidos, se bajaron los sueldos y
se perdieron derechos como el poder acceder, en caso de accidente, al policlínico
de la embotelladora, porque estos trabajadores "pertenecen a otra empresa"; así
como tampoco ahora reciben ropa de trabajo, entre otras cosas.
En el plano sindical también se sienten las consecuencias de esta medida:
de los 283 trabajadores afiliados al Sindicato Nª2 de la empresa, 116 fueron trasladados
a TAR. Lo peor es que Andina no reconoce a los trabajadores de TAR como miembros
del sindicato, por lo que no serán incorporados a los futuros procesos
de negociación colectiva, quitándole un enorme peso a las posiciones
de los trabajadores. De hecho, de los cinco miembros del sindicato, dos pertenecen
al área de transporte, los que no son reconocidos por la empresa sino como
meros "delegados" de los trabajadores, por ende sin calidad oficial de interlocutores
ni derecho a fuero sindical.
Violando sin empacho la ley, esta empresa se escuda en el letargo del papeleo
en tribunales. Sabe que un trabajador no puede sostener una demanda por meses
y hasta años, esperando un incierto fallo judicial. Por otro lado, el inmenso
poder económico de Coca Cola hace que las denuncias públicas de
estos trabajadores sean ingnoradas por los medios de comunicación del sistema.
"Divide y reinarás" es la nueva táctica de los exponentes criollos
del refresco del Tío Sam, mientras los trabajadores esperana una justicia
que a veces tarda tanto, que no llega.