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2 de marzo del 2002
Justicia a la chilena: El gobierno y el caso Rafael Escorza
Arnaldo Pérez Guerra
ODEP
El martes 19 de febrero, la Segunda Sala de Verano de la Corte de Apelaciones
de Santiago -integrada por los ministros Rubén Ballesteros y Jorge Dahm,
y el abogado integrante Luis Orlandini-, escuchó los alegatos sobre la
rebaja de condena otorgada por el ministro en visita Hugo Dolmestch al preso
político Rafael Escorza (FPMR). Escorza cumple condena por el secuestro
de Cristián Edwards, hijo del empresario Agustín Edwards, director
de El Mercurio y uno de los "cerebros" del golpe militar de 1973 y la conspiración
contra Allende.
Militantes del FPMR, encabezados por Mauricio Hernández Norambuena, secuestraron
a Cristián Edwards en septiembre de 1991. Fue liberado en febrero de
1992. El caso causó revuelo. La derecha y los militares golpearon la
mesa, e incluso el FBI participó de las pesquisas. Investigaciones detuvo
a algunos militantes, entre ellos, Rafael Escorza y María Cristina San
Juan.
La participación del matrimonio fue menor, sin embargo, la justicia chilena
"dictó cátedra", condenándolos a sendos presidios perpetuos.
En un principio, se pidió la "pena de muerte" para Escorza. Muy pocos
alzaron la voz para cuestionar las abultadas condenas, torturas y tratos vejatorios,
además de las irregularidades de la justicia militar y ministros como
Arnoldo Dreysse y Alfredo Pfeiffer, que hicieron lo que quisieron torciendo
más de alguna ley.
Hoy, es un completo contrasentido que el gobierno cuestione la rebaja de condena
cuando se está aplicando una reforma a la ley que el propio gobierno
aprobó en 1993. Sólo se explica por las presiones de la derecha,
luego de la detención de militantes del MIR y FPMR en Brasil, implicados
en el secuestro de un empresario.
El abogado Hugo Gutiérrez señala: "Rafael Escorza fue condenado
a presidio perpetuo por dos delitos: 'secuestro terrorista' y 'asociación
ilícita terrorista', dándole una pena única. Posteriormente,
se dictó la ley 19.241, en 1993, que modificó el artículo
141 del Código Penal y creó una 'atenuante calificada'. Consiste
en rebajar la pena cuando la víctima es devuelta". Se acogió a
ella María Cristina San Juan: su pena se redujo de presidio perpetuo
a 10 años y 1 día, más 541 días. Esa ley se aplicó,
ahora, a Rafael Escorza, rebajándole la pena a 16 años y 7 meses.
Hugo Gutiérrez agrega: "El ministerio del Interior se opone a la rebaja
porque, dice, es 'una mala señal', 'se crea una sensación de inseguridad',
y que 'Chile tiene records reconocidos de solución de secuestros'. Habría
que preguntarle a ellos por esa actitud pero, ciertamente, se da en el contexto
de la detención de Hernández Norambuena en Brasil. Eso hace que
el gobierno tome 'medidas internas', y el chivo expiatorio es Rafael Escorza,
que no tiene nada que ver en ese asunto. El gobierno y sus abogados son 'paniaguados'
de la familia Edwards. Preocupados de darle 'pruebas de blancura' a la UDI".
Recordemos que en 1992, el ministro Pfeiffer pidió la pena de muerte
para Escorza. "Es un doble estándar inadmisible que mientras se utiliza
todo el poder del estado para condenar a esta gente, que tuvo la humanidad de
devolver a la persona secuestrada, a otros criminales -que hicieron desaparecer
a las personas-, se les deja en libertad provisional a los meses de haber sido
procesados. Los condenados del caso Edwards nunca obtuvieron la libertad provisional
ni derecho al debido proceso. Eso nos lleva a pensar que existe un cierto 'asentimiento
tácito' de parte de los gobiernos de la Concertación con lo que
hicieron los criminales y violadores a los derechos humanos de la dictadura.
Todos los fallos dictados por Pfeiffer debieran ser anulados, por lo que él
mismo señaló en el caso Guzmán: si un juez instructor reconoce
tener 'animadversión y odio' en contra de los procesados, perdió
la independencia. La pena que correspondía para María Cristina
San Juan era de 541 días como 'ayudista de una asociación ilícita',
y no presidio perpetuo".
Los alegatos
El gobierno, a través del Consejo de Defensa del Estado (CDE), apeló
de la decisión. Incluso, llegó a calificarla como una "extralimitación
de las funciones del ministro", lo que es completamente falso. El alegato, previsto
para las 09:30 hrs., sólo comenzó a las 16.40.
El abogado del CDE, Jorge Morales, criticó el proceder del ministro Dolmestch:
señaló que se habría "excedido" al recalificar el delito
y aplicar penas distintas por "secuestro terrorista" y "asociación ilícita
terrorista", incurriendo con esto en "un agravio contra el ministerio del Interior".
Insistió en calificar en duros términos al Frente Patriótico
Manuel Rodríguez, su estructura de mando, recursos utilizados, objetivos
políticos, etc., abogando por el "respeto irrestricto a la legislación
antiterrorista". Invocó, entre otras, la "trayectoria intachable de la
justicia chilena en el esclarecimiento de todos los secuestros", cuya "imagen
se vería afectada". Citó, por último, un artículo
reciente de la Revista Caras sobre la "vida y personalidad de Cristián
Edwards".
Hugo Gutiérrez inició su intervención refrescándole
la memoria al abogado del gobierno sobre "los innumerables casos de secuestros
realizados durante la dictadura militar que hasta hoy no han sido resueltos
por la justicia". Sostuvo que la apelación del ministerio del Interior
es "improcedente y producto de la ignorancia supina", por cuanto a la Corte
sólo le correspondía "analizar aspectos de derecho de una decisión
jurídica, no siendo una instancia para juzgar los hechos, que ya fueron
objeto de una condena dictada en su momento y que está siendo cumplida".
Sostuvo que "para rebajar la condena a su representado, el ministro había
actuado ajustado a derecho, limitándose a aplicar la ley Nº 19.241, dictada
con el apoyo del gobierno de la Concertación". Al apelar, las autoridades
están "borrando con el codo lo que firmaron con la mano". Gutiérrez
sostuvo que "el ministro Dolmestch mal podría agraviar al ministerio
del Interior al hacer uso de las facultades que la ley le otorga".
Es de esperar que al adoptar una decisión definitiva, la Segunda Sala
de la Corte no se deje influenciar por el clima regresivo en términos
de derechos humanos que actualmente impera en Chile.