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20 de julio del 2002
La ley partidista
Luis Alegre
Para realizar un breve comentario de la Ley Orgánica de Partidos Políticos,
supongo que lo normal sería empezar demostrando que se trata de una ley
que no está pensada para regular la constitución, inscripción
y funcionamiento de los partidos políticos en general sino, por el contrario,
para ilegalizar un (al menos por ahora) partido concreto. Lo lógico
sería que un artículo crítico como éste comenzase
intentando demostrar con cierto rigor que la ley podría haberse llamado
Ley de Ilegalización de Batasuna; que podría haber contado con
un único artículo: "Batasuna debe ser declarada ilegal". Evidentemente,
la ilegalización seguiría correspondiendo en cualquier caso al
poder judicial, que tendría que decidir si el caso concreto a
juzgar se corresponde con el tipo que establece la ley (es decir, juzgar
si Batasuna es Batasuna). Lo lógico, como digo, sería comenzar
un artículo como éste intentando demostrar que se trata de una
ley "de caso", de una ley que está a punto de introducir nombres propios
en su redacción, de una ley que es más bien una condena, de una
ley que localiza primero al "delincuente" y sólo después comienza
con grandes dificultades a inventarse algún delito del que poder acusarle.
Sin embargo, toda esta parte de la argumentación nos la podemos ahorrar
por la sencilla razón de que ¡no han intentado siquiera ocultarlo en
ningún caso! (Este es el motivo por el que este artículo no aparece
en la sección "mentiras y medios". En todo caso, tendría que aparecer
más bien en una hipotética sección llamada "cuando los
medios ni siquiera tienen que mentir").
Siendo esto así, lo primero que llama la atención es la necesidad
misma de la ley. Es decir, el hecho mismo de que se necesite establecer, por
medio de una Ley de Partidos, un procedimiento judicial de ilegalización
distinto del que se prevé en el Código Penal, es prueba de que
los procedimientos recogidos en este código no son suficientes para llevar
la ilegalización a cabo. La primera pregunta que debemos hacernos es
¿Qué dice el Código Penal?
"Artículo 515.
Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración:
1º Las que tengan por objeto cometer algún delito o, después de
constituidas, promuevan su comisión.
2º Las bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas.
3º Las que, aun teniendo por objeto un fin lícito, empleen medios violentos
o de alteración o control de la personalidad para su consecución.
4º Las organizaciones de carácter paramilitar.
5º Las que promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra
personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión
o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia,
raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar,
enfermedad o minusvalía, o inciten a ello.
6º Las que promuevan el tráfico ilegal de personas."
Pues bien, resulta que el hecho mismo de la Ley de Partidos, su mera existencia,
implica el reconocimiento de que Batasuna no sólo no es una organización
paramilitar o terrorista, sino que tampoco emplea medios violentos, ni promueve
la discriminación, el odio o la violencia ni, en definitiva, tiene por
objeto cometer ningún delito. Resulta evidente que si Batasuna
tuviese por objeto cometer algún delito o promoviese su comisión,
no haría en absoluto ninguna falta elaborar una nueva Ley Orgánica
de Partidos sino que, más bien, bastaría el Código Penal
para declararla asociación ilícita. Pero claro, el otro lado de
esta afirmación es que, por lo tanto, la Ley Orgánica de Partidos
Políticos está pensada para ilegalizar organizaciones ¡que no
cometen ningún delito!.
Evidentemente, cabría también plantear que quizá el Código
Penal contenga lagunas o carencias importantes de tal forma que no recoja como
delictivas determinadas conductas que fueran, de todos modos, absolutamente
intolerables desde el punto de vista de un sistema de derecho. Con esto se nos
plantea una segunda pregunta: en vez de hacer una nueva ley que ha contado con
el rechazo de la mayoría social y política del ámbito en
el que se va a aplicar ¿por qué no han preferido la vía mucho
menos grave de, modificando el Código Penal, tipificar como delito aquello
que Batasuna promueve?. Es decir, resultaría más fácil
limitarse a tipificar como delito aquello que Batasuna promueva y que resulte
intolerable y, una vez hecho esto, podría ser declarada asociación
ilícita. Ahora bien, si no lo hacen así, parece razonable pensar
que es porque no resultaría ni más fácil ni menos grave.
Esto nos conduce a pensar que los motivos de la ilegalización, aquello
que consideran intolerable de Batasuna, es tal que no soporta de ningún
modo ser incluido en un código penal. Es decir, probablemente tendrían
que introducir como conducta delictiva (en vez de limitarse a enjuiciarlo moralmente)
cosas del tipo "guardar silencio" tras un atentado o "comprender el problema
político en el que se enmarca el conflicto armado".
En cualquier caso, podemos sospechar que para incluir estos elementos como motivo
de ilegalización incluso en la Ley de partidos, hará falta una
redacción bastante vaga y, en ocasiones, desconcertante. En este sentido,
por ejemplo, establece como uno de los motivos de ilegalización "dar
apoyo político expreso o tácito al terrorismo, legitimando
las acciones terroristas (...) o exculpando y minimizando su significado". Resulta
inevitable preguntarse qué significa "minimizar tácitamente"
el significado de una acción terrorista. Hay motivos para pensar que
se refieren a las situaciones en que Batasuna guarda silencio. También
cabe preguntarse qué significa "legitimar tácitamente"
y también hay motivos para pensar que se refieren a todo intento de contextualizar
el conflicto armado en el seno de un conflicto político. Por último,
la pregunta más desconcertante: ¿Qué puede significar exculpar
expresa o tácitamente? Evidentemente, exculpar (absolver, declarar libre
de culpas, o de pecados) no es algo que corresponda en absoluto a los partidos
(suponemos que no estarán pensando en la Iglesia por sus pastorales o
en el Tribunal Supremo por el caso Otegi, aunque estando las cosas como están,
no sé siquiera si podríamos sorprendernos).
Otro motivo de ilegalización es, por ejemplo, "complementar políticamente"
la acción de organizaciones terroristas. No deja de resultar curioso
cómo piensan el asunto. Ante un problema político histórico
que ha degenerado en un conflicto armado (encabezado por una banda inequívocamente
terrorista), consideran que la cuestión política un "complemento"
a la actividad armada. Ninguna persona de bien puede dudar de que "complementar"
la acción de organizaciones terroristas proporcionando armas, información
o refugio es una actividad que debe ser perseguida por la justicia. Sin embargo,
se reconocerá que "complementar políticamente" es una cuestión
bastante más complicada. Si tanto ETA como una organización política
defienden la independencia, es indiscutible que todo el trabajo de difusión
o discusión en favor de la misma (algo enteramente legítimo) no
puede sino considerarse en algún respecto un "complemento político".
Quizá pueda argumentarse que no tienen intención de emprender
ninguna ilegalización salvo que puedan encontrar vínculos más
allá de eso. Sin embargo, si queremos defender un sistema de garantías,
debemos desentendernos de cuáles puedan ser sus intenciones y preocuparnos
sólo de lo que la ley permite.
En cualquier caso, lo que más llama la atención, más que
la propia ley, es la pasividad con la que la han encarado las organizaciones
de izquierdas, que quizá no tarden en ser también ilegalizadas
(no por pertenecer, claro está, a ETA o a su entorno, pero quizá
sí a las cercanías del entorno o, si no, a las proximidades de
esas cercanías, o por haber pasado por allí). Es posible que esta
campaña de recorte de derechos civiles tenga su justificación.
Es posible que la única forma de conseguir que los violentos no acaben
con nuestro sistema de libertades sea asegurarse de que acaban con él
antes los demócratas. Lo que no es posible es negar que el recorte de
libertades se está produciendo y que no parece tener ninguna intención
de pararse solo. Cada vez es menor el nivel de violencia que te convierte en
violento y mayor el nivel de represión que te convierte en demócrata.
En esta dirección hemos sufrido una tremenda derrota: hemos tenido miedo
a que se nos acuse de violentos ¡por defender una de las libertades fundamentales
recogidas en la Constitución!.
Puede que estemos más en un momento de resistencia que de ofensiva, pero
si es así, por lo menos resistamos.