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La vieja Europa

10 de junio del 2002

Las Constituciones europeas, Baltasar Garzón y la criminalización de la libertad de expresión en España

Julián Rovira

No quiero estar desinformado, procuro pensar un poquito tras informarme de las cosas gracias a diarios como Rebelión, pero además, leyendo las constituciones europeas y los textos de las leyes que jalonan nuestra política nacional e internacional.

No me conformo con las declaraciones demagógicas de diez segundos de los políticos en los informativos televisados y procuro argumentar racionalmente y cumplir así mis deberes como ciudadano. Por eso pienso que el ejemplo que viene a continuación, de un país cercano al nuestro en ciertas cuestiones, podrá ilustrar adecuadamente el resultado y las conclusiones de mis pesquisas para poder realizar una cartografía de la situación política de la España actual en relación con el País Vasco.

Italia, entre los años 1970 y 1980 (anni di piombo), vivió una era de criminalización y cárcel para numerosos activistas políticos de la izquierda, para quienes lideraron los movimientos sociales de esa época. Tales movimientos, que dirigieron sus actividades en las fábricas, calles y universidades, fueron reprimidos por las autoridades a través del uso de las llamadas leyes de emergencia o de excepción. En contraste con otras naciones europeas, en las que las autoridades han combatido el terrorismo con la fuerza de las leyes, en Italia (y ahora también en España) se criminalizó la protesta social en general y una buena parte del aparato estatal se dedicó a fomentar y provocar la violencia.

En Italia más de 4.000 personas han sido condenadas y encerradas en prisión por el único delito de liderar oposiciones políticas. Algunos de ellos han encontrado asilo exiliándose a otros países, cuyos gobiernos han reconocido implícita pero claramente el carácter político de los juicios italianos. Hoy, más de 20 años después, unas 200 personas continúan en las cárceles italianas por actividades políticas y alrededor de otras 200 permanecen exiliadas sin posibilidad de volver a su país.

El retorno hace pocos años del profesor Antonio Negri, que abandonó su situación docente en la Universidad de París para volver a Italia e ingresar en prisión, ilustró bastante la situación. No sólo Toni Negri, sino otros conocidos intelectuales y militantes de la izquierda durante los años 70 y 80, junto con otras muchas personas poco conocidas, continúan pagando un inaceptable alto precio por sus compromisos políticos. España sigue hoy el ejemplo de los años de plomo italianos al confundir el combate contra el terrorismo y la violencia asesina con la criminalización de los opositores políticos, de quienes no usan armas sino que procuran actuar conforme a sus convicciones, dentro de los cauces democráticos de la libertad de expresión y de debate político.

Torturar no es sólo atar a un detenido y sacarle la piel a tiras, sino que hay muchas formas de tortura y no lo son menos las que se muestran más sutiles. El juez central de instrucción de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, perseguidor implacable de la banda ETA, nada sospechoso de pro-aberzale, pero muy atento, en muchas ocasiones, con la ley; en la primera de las sesiones que el Consejo de Europa dedicó al décimo aniversario del Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) celebrado en noviembre de 1999, pedía que se derogase la legislación antiterrorista española por favorable a la tortura. En un pequeño rincón de una página secundaria del diario El País, apareció la noticia, de manera que pudiese pasar desapercibida por la opinión pública y por eso me ha parecido necesario el recogerla, recordarla y no olvidarla.

En dicha noticia se nos indicaba que el juez español criticó la existencia, en numerosos países, de una legislación exorbitante y casi excepcional para combatir el terrorismo. Normativas que permiten plazos más largos de detención, incomunicación, imposición de un abogado de oficio y medidas que favorecen la tortura "no sólo para extraer concesiones, o ni siquiera para ello, sino como respuesta o venganza particular frente al detenido, a quien se considera un enemigo y al que hay que denigrar y no sólo poner a disposición judicial... En ningún caso la efectividad o eficacia puede anteponerse al respeto por los derechos fundamentales, so pena de distorsionar el propio sistema y dejar vacío al Estado de derecho". Criticó asimismo la política penitenciaria del Gobierno español que procura el alejamiento de los presos de su entorno social, en una actitud que supone la tortura, dado "el deterioro físico y psíquico" que supone para el recluido.

Por todo lo cual consideraba necesario "un acercamiento urgente de los presos (de ETA), al margen de la ideología que haya guiado sus acciones, a los lugares en los que vivieron, para evitar su deterioro físico y psíquico". (Fuente de la noticia: EL PAÍS 20/11/99). Nada de esto fue escuchado cuando se presentó la tregua de ETA y se propuso el Pacto de Lizarra, sino que se contestó con el Pacto Antiterrorista y el rechazo gubernamental de iniciar un proceso de paz y un encauzamiento político del conflicto.

Yo, al igual que Garzón, no defiendo el terrorismo ni a los terroristas, y aunque no le tenga simpatía a la violencia injustificada, o por eso mismo, tampoco me parece bien que se puedan aprovechar las medidas para combatir el terrorismo, para combatir toda oposición política, toda protesta social y todo ideario distinto al que puedan profesar los demás, extendiendo la criminalización desde los que disparan con pistolas y cometen delitos, hacia los que manejan solamente argumentos, palabras, escritos, radios y todos los medios que en democracia están a disposición de una pluralidad de ideologías y ciudadanos para que se pronuncien y pueda el electorado, libre y conscientemente, evaluar las propuestas y votar en consecuencia. Por eso que se quisiese criminalizar recientemente a Arnaldo Otegi por dar un mítin, que el propio Garzón facilitase el cierre del diario Egin, o que se llegase a condenar hace ya un tiempo a todos los diputados de Herri Batasuna por difundir un video, implica convertir el mundo en un estado de excepción permanente, donde todo el que no comulgue con las ideas de George Bush podrá llegar a ser represaliado como "terrorista", simplemente, por hablar con libertad. En España, los años de plomo, no acabaron con la condena de los GAL y la coyuntura internacional de cruzada global contra el "terrorismo" supone una criminalización global de la protesta social y la constitución internacional de unas Leyes Antiterroristas o leyes de estado de excepción permanente mundializadas. Por eso se avecinan malos tiempos, malos tiempos no sólo para la igualdad económica, sino también para las libertades políticas, pues una legislación ya vieja que quiso originariamente defender la democracia de sus adversarios, se ha convertido, en nuestros días, en la mayor arma de los adversarios de la democracia. Veámoslo en algunas Constituciones europeas.

El artículo 18 de la Constitución alemana (1949) permite la "privación de los derechos fundamentales" a quienes tengan "el propósito de luchar contra el orden fundamental liberal y democrático, abusen de la libertad de expresión y, más en especial, de la libertad de prensa, de la libertad de cátedra, de la libertad de reunión" por el "Tribunal Constitucional Federal".

Relacionados con semejante censura encubierta estarían, en conflicto, el artículo 20.4, que remite al derecho de resistencia, y como complementario el art.21.2 que permite prohibir los partidos antiliberales, como por ejemplo los de los nazis. Los asesinatos del Estado alemán de la postguerra de los activistas anarquistas de la Baader-Meinhof, habrían estado legitimados constitucionalmente bajo una interpretación laxa del art.18.

La Constitución de Grecia (1975), tras ganarse el referéndum por la República y tras el régimen dictatorial de los coroneles, también contemplará, pero de manera mucho más precisa, los supuestos en los que la libertad de expresión debiera ser censurada, en su art.14, en el que aparecen, con bastante claridad, los delitos que la podrían motivar.

En la Constitución de Italia (1948), el artículo 21 garantiza la libertad de expresión, admitiéndose la censura bajo resolución judicial a causa de la comisión de un delito; e igualmente, el art.13 garantiza la seguridad y libertad de la persona, pero contemplando también la posibilidad de suspensión de derechos en "casos excepcionales" y bajo competencia de la autoridad judicial. Lo que bajo una interpretación laxa estaría a la base de la criminalización de la protesta social durante los llamados años de plomo y de la intervención gubernamental extrajudicial bajo el "caso excepcional" de las actividades terroristas de las Brigadas Rojas.

En España, lo antecedente, está recogido en la Constitución (1978) en el art.55.2, en el que se indica que "los derechos reconocidos (…) pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas", lo que explicaría que los implicados en el caso GAL se creyesen legitimados por la constitución para cometer sus delitos, y pensasen que hacían un servicio público torturando y desapareciendo a Lasa y Zabala o secuestrando al ciudadano Segundo Marey, y otorgando recompensas a los mercenarios mediante la malversación de fondos públicos. Ello explicaría el que la totalidad del nacionalismo y de la protesta social puedan llegar a ser tipificados, mediante una interpretación laxa y errónea de este punto, como delictivos, bajo la acusación de colaboración o complicidad con banda armada, y quede la puerta abierta para pasar a su exterminio.

żNo habría que reformar algunas cosas en las Constituciones liberales de la Europa democrática para que, cada vez más, podamos hablar de Constitución contra fascismo? La libertad de expresión es fundamental para la democracia, si alguien dice barbaridades y las argumenta, se le contesta con argumentaciones racionales que las refuten, pues cuando a Sócrates se le acusaba de que era imposible llevarle la contraria el respondía que llevarle la contraria a Sócrates era muy fácil, pero que a la verdad era muy difícil llevarle la contraria. Pero si alguien lo que hace es dar su opinión, sin informarse ni meditar siquiera, no merece contestación, ya que como dice un poco vulgarmente el filósofo Gustavo Bueno, las opiniones son como los culos, todo el mundo tiene la suya, y aun así, todo el mundo debe tener derecho a exhibir su culo en público sin que le metan en la cárcel, porque hay opiniones verdaderas. Pero en la política contemporánea no hacen falta sólo opiniones, sino sobre todo ideas, esto es, argumentaciones racionales, documentadas, informadas y justificadas que, por supuesto, podrán ser rebatidas por quienes realicen el mismo esfuerzo de comprensión de los problemas; pero que se han de elevar sobre la intoxicación y manipulación mediática generalizadas hacia un nivel no insultante para con el ciudadano.