21 de abril del 2003
Un juzgado norteamericano procesa a la multinacional Drummond por el asesinato de sindicalistas colombianos a manos de paramilitares
Pascual Serrano
Rebelión
El pasado 14 de abril, la Corte del distrito norte del estado de Alabama
(EEUU) informó de la existencia de indicios de culpabilidad de la multinacional
Drummond en el asesinato de los líderes sindicales y empleados de esa
empresa , Valmore Locarno, Victor Hugo Orcasita y Gustavo Soler en Colombia.
La demanda fue presentada por el sindicato de los mineros del carbón
de Colombia (SINTRAMIENERGÉTICA) quien acusó a Drummond de esos
asesinatos extrajudiciales perpetrados por miembros de grupos paramilitares
y en la violación de la libertad de asociación.
Esta decisión judicial, según explicó Terry Collingsworth,
abogado principal de los demandantes, "significa que actores privados
como la empresa Drummond pueden ser responsables de violaciones de Derechos
Humanos y, particularmente, de las violaciones extremas que hay en esta demanda".
La Corte consideró que la Drummond ha violado los Artículos 20
y 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Artículo
22 de la Convención Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos
y las Convenciones 87 y 98 de la Organización Internacional de Trabajo
(OIT). Todos estos artículos y convenciones -que son reconocidias con
rango de ley en la Corte Federal de los EEUU- reconocen el derecho a la asociación
y a la creación de sindicatos. Por ello, la jueza de la Corte de Alabama
considera que la Drummond cometió crímenes de Lesa Humanidad al
haber violado estos artículos y convenciones.
La Corte hizo público, además, que SINTRAMIENERGÉTICA presentó
alegatos legítimos sobre la participación de la Drummond en crímenes
de guerra, que se materializaron en el asesinato de los tres líderes
sindicales mencionados. Esto significa que la Corte aceptó el argumento,
presentado por los demandantes, de que el Artículo 3 de la Convención
de Ginebra protege a los civiles que no están participando en conflictos
armados internos. En este caso, la Corte consideró a los grupos
paramilitares actores estatales, teniendo en cuenta "los lazos que los unen
con el Ejército colombiano".
Los demandantes también consideran que la multinacional es responsable
de los delitos de tortura y asesinato según la Torture Victims Protection
Act (TVPA), una legislación que también vincula a las empresas.
La Corte permitió a los demandantes la oportunidad de ser parte en el
proceso manteniendo su anonimato ante el temor de ser objetivo de los paramilitares.
Tras conocer la decisión de la Corte, Jeff Vogt, abogado asistente del
International Labor Rights Fund, dijo que "espero que esta decisión
sirva de advertencia para las multinacionales y transnacionales como la Drummond,
particularmente las que están operando en Colombia, para que se den cuenta
de que no están por encima de la Ley. Que sepan que vamos a responsabilizarles
de su participación en violaciones de Derechos Humanos." El International
Labor Rights Fund y la United Steel Workers of America (el sindicato
de trabajadores del metal de EEUU) representan legalmente a los demandantes
ante la Justicia norteamericana.