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La vieja Europa

26 de marzo del 2003

España: Ataque contra Iraq
Jueces y fiscales valencianos preparan una demanda contra Aznar

Levante-El Mercantil Valenciano

Según expertos, con nuestro Código Penal, podría aplicarse a Aznar sanciones incluso de penas de hasta quince años de prisión. Expertos valencianos estudian la presentación de una demanda contra el presidente del Gobierno por su implicación directa en el ataque a Iraq. Creen que se ha violado la carta de la ONU y el Código Penal español..
Un grupo de jueces y fiscales de la Comunidad Valenciana estudia estos días la posibilidad de presentar una demanda contra el presidente del Gobierno, José María Aznar, por implicar a España en una ataque preventivo contra Iraq. Esta demanda, que podría incluir a otros miembros del Gobierno, se presentaría ante el Tribunal Supremo y bajo supuestos recogidos en el Código Penal español, quedando más lejana la posibilidad de interponerla ante el Tribunal Penal Internacional, diseñado para juzgar crímenes de guerra, genocidio etc..
Según explico a Levante-EMV José Luis Pitarch, profesor de Derecho Constitucional y coordinador de la iniciativa, el artículo 590 de nuestro Código Penal sanciona con penas de hasta quince años de prisión a quienes «con actos ilegales o que no estén debidamente autorizados provocare o diere motivo a una declaración de guerra contra España por parte de otra potencia, o expusiere a los españoles a experimentar vejaciones o represalias en sus personas o en sus bienes»..
Es posible, por tanto, aplicarlo al presidente del Gobierno, quien según Pitarch y un colectivo de juristas de Valencia y Alicante, ha violado junto con Estados Unidos y Gran Bretaña la Carta de Naciones Unidas, que ha sido firmada por España -tiene, por tanto, carácter de ley interna- y que «dice que no puede declararse una guerra si no es por legítima defensa o con el visto bueno de su Consejo de Seguridad». «Decir que la resolución 1441 preveía "graves consecuencias" para Iraq no es justificación suficiente -dice el profesor valenciano- pues en derecho sancionatorio no puede aplicarse algo que no esté expresamente previsto, en este caso un ataque armado contra Iraq»..
José Luis Pitarch, también delegado en Valencia de la Asociación Pro Derechos Humanos de España, y militar en la reserva, cree por último que se podría apelar en esta demanda a los artículos 608 y 614 del Código Penal , que habla de los delitos contra las personas en caso de conflicto armado y sanciona expresamente cualquier acto contra «la población civil y las personas civiles protegidas por el IV Convenio de Ginebra de 12 de agosto de 1949 o por el Protocolo I Adicional de 8 de junio de 1977».